Actualmente se realizan operaciones de ventas a las siguientes personas físicas:
-Discapacitados (ley 19.279 para vehículos nacionales e importados Mercosur) + alternativa Discapacitados Fast Track (todos los vehículos).
-Diplomáticos – Ley Antártica N° 20.965/75 (solo vehículos nacionales).
-Taxistas y Remiseros (registrados).
-Agentes de Propaganda Medica (APM) de laboratorios (matriculados).
-Productores Asesores de Seguros (PAS) matriculados.
-Empleados bajo convenio (sin importar su cargo) de las empresas que se encuentran en el Punto 10 (pagina 42).
-Empleados de empresas proveedoras activas de Ford Argentina.
-Empleados de Bancos Privados, Compañías Financieras y Laboratorios de Especialidades Medicinales.
-Gerentes, Directores y Empleados de Concesionarios de la Red Oficial de Camiones.
-Empleados de Concesionarios (Autos y Camiones) y Red Quiklane.
-CASI e Hindú: jugadores de 1ra división, cuerpo técnico y comisión directiva.
-Socios de:
-
- Agricultores Federados Argentinos (AFA) que acrediten como mínimo 1 año de afiliados.
- Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA) que acrediten como mínimo 1 año de afiliados.
- Federación Agraria Argentina (FAA) que acrediten como mínimo 1 año de afiliados.
- Sociedad Rural Argentina (SRA) que acrediten como mínimo 1 año de afiliados.
- AACREA que acrediten como mínimo 1 año de afiliados.
- Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) que acrediten cono mínimo 1 año de afiliados.
- Socios de SMSV (Sociedad Militar Seguros de Vida).
-Responsables Inscriptos que acrediten ser titulares de dos (2) o mas vehículos al momento de ingresar la solicitud de compra por una (1) o mas unidades o compren a través de Leasing. El requisito de patentamientos no se considera si el Responsable Inscripto pertenece a alguna de las asociaciones del punto anterior.
-Monotributistas inscriptos en Ingresos Brutos que acrediten ser titulares de dos (2) o mas vehículos al momento de ingresar la solicitud de compra por una (1) o mas unidades o compren a través de Leasing. El requisito de patentamientos no se considera si el Responsable Inscripto pertenece a alguna de las asociaciones del punto anterior.
-No se aceptaran operaciones de personas físicas que pertenezcan al Estado Nacional, Provincia o Municipal, incluidos Jueces, Diputados, Senadores, Concejales, Ministros, etc.
IMPORTANTE: Para los casos de Transit cualquier persona física puede adquirirlos sin necesidad de estar incluidos en los puntos anteriores.